El 1 de octubre de 2026 entró en vigor la reforma del Reglamento General de Circulación aprobada por el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, publicado en el BOE el 26 de junio. La DGT la presenta como la reforma para proteger a los usuarios vulnerables de la vía (peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de patinete), pero también cambia lo que tienes que hacer cuando pasas junto a un coche averiado o una grúa trabajando en la carretera. Te resumimos las nuevas normas de la DGT, las multas y qué hacer si tu coche se avería en Madrid.
¿Qué cambia con las nuevas normas de la DGT del 1 de octubre de 2026?
Las novedades más importantes:
- •Coche averiado o grúa ocupando tu carril: al pasar a su lado hay que dejar al menos 1,5 metros de separación y reducir la velocidad al menos 20 km/h por debajo del límite. Multa de 200 €
- •Carril de emergencia obligatorio en los atascos de autopistas y autovías, para que lleguen antes policía, bomberos y ambulancias
- •Las grúas de auxilio en carretera pueden circular por el arcén, a 30 km/h como máximo, para llegar a un servicio de urgencia
- •Con nieve en autopistas y autovías: prohibido adelantar y obligatorio circular por el carril derecho
- •Motos: guantes en vías interurbanas, calzado cerrado siempre y chaleco reflectante en la dotación de la moto
- •Adelantar a ciclistas, peatones o patinetes fuera de poblado: ahora también hay que reducir al menos 20 km/h (el 1,5 metros y el cambio completo de carril ya eran obligatorios con los ciclistas)
- •Patinetes eléctricos: edad mínima de 15 años, casco obligatorio y elemento reflectante de noche
- •Cinturón: taxistas, repartidores y profesores de autoescuela pierden la exención en ciudad

Coche averiado o grúa trabajando: 1,5 metros y 20 km/h menos (multa de 200 €)
Es la novedad que más te afecta si conduces por las autovías de Madrid. Según el nuevo artículo 88 del Reglamento General de Circulación, cuando un vehículo esté inmovilizado por avería o accidente, o haya una grúa de auxilio, un vehículo de emergencias o de mantenimiento de la carretera trabajando, y ocupe total o parcialmente tu carril, tienes que rebasarlo dejando al menos 1,5 metros de separación lateral, aunque para ello tengas que ocupar parte del carril contrario, y reduciendo la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía.
Por ejemplo: si la vía está limitada a 120 km/h, tendrás que pasar como máximo a 100 km/h; si está limitada a 90 km/h, a 70 km/h. Es una infracción grave: 200 € de multa, 100 € con pronto pago (artículo 88.3 del Reglamento y artículo 80 de la Ley de Tráfico). La ley no le asigna retirada de puntos: las cifras de 4 o 6 puntos que circulan no tienen respaldo oficial. Y si el coche averiado o la grúa están por completo en el arcén, igualmente debes moderar la velocidad al acercarte.
La norma protege a quien se ha quedado tirado esperando junto a su coche y al operario de la grúa mientras carga el vehículo. Según la DGT, unas 25 personas mueren cada año atropelladas en carretera después de bajarse de su vehículo.
Carril de emergencia en atascos: cómo se forma
Desde el 1 de octubre, cuando en una autopista o autovía haya una retención y los coches vayan a paso de peatón o se detengan, hay que abrir un carril de emergencia para los vehículos prioritarios (policía, bomberos, protección civil y ambulancias):
- •Con dos carriles por sentido: el carril de emergencia se abre en el centro, entre los dos carriles
- •Con tres o más carriles por sentido: se abre entre el carril de la izquierda y el de al lado
- •Los coches del carril izquierdo se apartan todo lo posible a la izquierda y los de los demás carriles, a la derecha
El real decreto no fija una multa concreta para esta obligación: varios medios hablan de 200 €, pero ni el BOE ni la DGT lo han confirmado. El carril de emergencia se forma para los vehículos prioritarios; las grúas de auxilio no lo son, pero para llegar a una avería en un atasco la nueva norma les permite ir por el arcén.
Grúas por el arcén a 30 km/h: llegan antes a tu avería
El nuevo artículo 36.4 permite a los vehículos de auxilio en vías públicas, es decir, a las grúas de asistencia en carretera, circular por el arcén para llegar a un servicio de urgencia, siempre que lleven su señalización (luz amarilla V-2 y placa V-24 de vehículo de auxilio) y no superen los 30 km/h. Además, el reglamento reconoce que el operario de la grúa puede ir a pie por la autopista cuando sea imprescindible para el servicio (artículo 125), y que en ciudad la grúa puede parar o estacionar el tiempo indispensable para retirar un vehículo averiado o accidentado, siempre que no cree un nuevo peligro ni obstaculice la circulación (artículo 156).
Para ti significa que, si te quedas tirado en plena retención en la M-40, la A-3 o la M-50, la grúa tiene ahora respaldo legal para llegar por el arcén. Si necesitas una grúa urgente en Madrid, llama al 640 651 564: estamos operativos las 24 horas, los 365 días del año. Más información: grúa urgente en Madrid
¿Sigue siendo obligatoria la baliza V16 desde el 1 de octubre?
Sí. Circuló el bulo de que la baliza V16 dejaba de ser obligatoria el 1 de octubre, y el director de la DGT, Pere Navarro, lo desmintió. Desde el 1 de enero de 2026, la baliza V16 conectada es el único medio legal para señalizar un vehículo inmovilizado y sustituye a los triángulos. Se enciende y se coloca en el techo desde dentro del coche, sin bajarte. No llevarla es una infracción leve: 80 € de multa. Ojo: la V16 envía tu posición a la DGT, pero no avisa a emergencias ni a la grúa; esa llamada la tienes que hacer tú.
Qué hacer si se te avería el coche en una autovía de Madrid
Lo que dice la norma (artículo 130 del Reglamento General de Circulación), que no ha cambiado el 1 de octubre:
- •Si el coche aún se mueve, sal de los carriles y busca la primera salida por el arcén derecho; si no puedes, detente en el arcén
- •Enciende las luces de emergencia y activa la baliza V16 desde dentro del coche
- •Si hay un lugar seguro fuera de la vía, ponte el chaleco reflectante, sal por el lado contrario al tráfico y espera detrás de la barrera de protección
- •Si no puedes salir con seguridad, quédate dentro con el cinturón abrochado
- •Llama al 112 si hay heridos o peligro, y a tu grúa de confianza para retirar el coche: 640 651 564
Guía paso a paso para una avería en autopista
Motos, patinetes y bicis: lo que cambia desde el 1 de octubre
Las novedades para los usuarios vulnerables:
- •Motoristas: guantes de protección en vías interurbanas, calzado cerrado en cualquier vía y casco homologado. Según la DGT, no llevar guantes o calzado cerrado se multa con 200 €, sin pérdida de puntos
- •Las motos deben llevar chaleco reflectante, y el motorista tiene que ponérselo si se baja a la calzada o al arcén de una vía interurbana, por ejemplo por una avería
- •Motos por el arcén en los atascos: solo en los tramos que se habiliten y señalicen, a 30 km/h como máximo y en fila de a uno
- •Patinetes y otros vehículos de movilidad personal: edad mínima de 15 años, casco obligatorio y elemento luminoso o reflectante de noche. Siguen prohibidos en aceras, autopistas y autovías
- •Ciclistas: casco obligatorio en vías interurbanas, ya sin las excepciones de antes; en ciudad, los coches deben dejar 5 metros de distancia detrás de un ciclista
Si tu moto se avería y no puedes seguir, pide una grúa para motos en Madrid.
Otras novedades del nuevo Reglamento de Circulación
También entran en vigor el 1 de octubre:
- •Con nieve en autopistas y autovías, prohibido adelantar y obligatorio ir por el carril derecho, dejando libres los de la izquierda para emergencias y quitanieves
- •Taxistas en servicio, repartidores y profesores de autoescuela ya no están exentos del cinturón en ciudad
- •Autobuses con pasajeros de pie o sin cinturones: máximo 80 km/h en cualquier vía fuera de poblado
- •Autocaravanas: para estacionar, sin sacar toldos ni elementos fuera del vehículo y sin verter líquidos
- •Si matriculas un vehículo a tu nombre y no tienes carné, tendrás que designar un conductor habitual
- •Aceras reservadas a los peatones: ya estaba prohibido circular por ellas con cualquier vehículo, y como novedad los ayuntamientos pueden permitir a niños de hasta 12 años en bici acompañados de un adulto a pie
Lo que NO cambia el 1 de octubre: cuidado con los bulos
No te dejes engañar:
- •La baliza V16 sigue siendo obligatoria: el bulo de que dejaba de serlo el 1 de octubre es falso
- •El seguro obligatorio de los patinetes no es de octubre: rige desde el 2 de enero de 2026
- •Los auriculares y los detectores de radar ya estaban prohibidos, y el intercomunicador del casco de la moto y los avisadores de la posición de los radares ya eran legales por la Ley de Tráfico desde 2022: el reglamento solo se adapta a la ley (el intercomunicador, solo para hablar o para el navegador)
- •No hay que ir 20 km/h más despacio en cualquier adelantamiento: la reducción se aplica al pasar junto a vehículos inmovilizados y al adelantar fuera de poblado a ciclistas y otros usuarios vulnerables
- •Las cuantías de las multas no cambian: se aplican las de la Ley de Tráfico (hasta 100 € las leves, 200 € las graves y 500 € las muy graves)
Y además: rebaja del impuesto de los carburantes desde el 1 de octubre
No es una norma de la DGT, pero también entró en vigor el 1 de octubre: el Real Decreto-ley 25/2026 rebaja el impuesto de hidrocarburos de la gasolina y el diésel 20 céntimos por litro en octubre, 13 en noviembre y 6 en diciembre. Para el diésel no es un ahorro nuevo, porque ya tenía 20 céntimos de rebaja en septiembre, y sigue cerca de su precio más alto del año. Cómo afecta al precio de una grúa en Madrid: cuánto cuesta una grúa en Madrid
Fuentes oficiales
Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación (BOE núm. 155, de 26 de junio de 2026): www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-13889 — Nota de prensa de la DGT del 30 de septiembre de 2026 sobre su entrada en vigor: www.dgt.es/comunicacion/notas-de-prensa/20260930-reforma-del-reglamento-de-circulacion-usuarios-vulnerables/
¿Coche averiado en Madrid? Grúa urgente 24 horas: 640 651 564